Avanza en Diputados proyecto que regula la eutanasia: fue aprobado en comisión y se votará en agosto

Este miércoles, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados dio un paso clave en la discusión sobre la eutanasia en Uruguay.

Con el respaldo del Frente Amplio y del Partido Colorado, se aprobó el proyecto de ley que busca establecer un marco legal para quienes desean acceder a una muerte asistida en condiciones dignas. El acuerdo parlamentario establece que el texto será debatido y votado en el plenario el próximo 5 de agosto.

De acuerdo a información publicada por El Observador, el contenido del proyecto define con precisión las situaciones en las que una persona puede solicitar este procedimiento. Según el artículo dos, se reconoce el derecho a que “toda persona mayor de edad, con plena capacidad mental, que enfrente una enfermedad incurable en fase terminal o sufra condiciones irreversibles que le generen un deterioro progresivo e insoportable de su calidad de vida” pueda acceder a la eutanasia, siempre a través de una solicitud voluntaria.

Cabe señalar que la normativa no incluye el suicidio asistido ni recoge los cambios propuestos recientemente por el Senador Pedro Bordaberry.

El procedimiento contempla varias etapas. Todo comienza con la presentación por escrito de una solicitud ante un médico. Este deberá evaluar si se cumplen los requisitos y dejar constancia en la historia clínica. Luego, deberá conversar con el paciente, ofrecerle alternativas de tratamiento y verificar que su voluntad sea genuina y constante. Esta primera etapa no podrá extenderse más de tres días.

Después, un segundo profesional deberá revisar el caso y realizar una entrevista personal con el paciente, sin vínculos familiares ni jerárquicos con el primer médico. Esta evaluación debe realizarse en un máximo de cinco días. Si hay acuerdo entre ambos profesionales, se continúa con el proceso. En caso de discrepancia, se convocará a una Junta Médica compuesta por tres especialistas, uno de los cuales debe ser psiquiatra y otro, experto en la patología del solicitante.

Con dos dictámenes favorables, el médico tratante volverá a reunirse con el paciente para confirmar de forma definitiva su decisión. Esta ratificación deberá quedar por escrito y contar con la firma de dos testigos. Luego, el procedimiento se llevará a cabo en el lugar y momento que el paciente determine.

Tras ejecutarse, la intervención deberá ser reportada al Ministerio de Salud Pública (MSP), que evaluará si se siguieron correctamente todos los pasos. En caso de detectar irregularidades graves, el ministerio podrá remitir el caso a Fiscalía.

La normativa también establece que la decisión del paciente puede ser revocada en cualquier momento, sin necesidad de cumplir formalidades. A su vez, garantiza el derecho a la objeción de conciencia para los profesionales de la salud que no deseen participar en el procedimiento. En tales casos, la institución deberá asignar personal sustituto para asegurar la atención.

Finalmente, el proyecto prevé la creación de una comisión honoraria, encabezada por el MSP, que tendrá a su cargo la supervisión y revisión de los casos realizados bajo esta ley.

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