A más de cuatro décadas de los hechos, un fallo histórico fijó penas de entre 13 y 15 años de prisión por violaciones a los derechos humanos cometidas en San Javier.
Tras una audiencia que se extendió por más de tres horas, la Justicia dictó sentencia en el denominado caso Roslik, uno de los episodios más emblemáticos de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura cívico-militar. El juez Claudio de León condenó a nueve imputados por la privación ilegítima de libertad y las torturas que culminaron con la muerte del médico Vladimir Roslik en 1984, en el Batallón de Infantería N.º 9 de Fray Bentos.
El fallo se conoce 40 años después de los hechos y fue impulsado por organizaciones defensoras de los derechos humanos junto a familiares del médico fallecido. Las penas impuestas oscilan entre los 13 y los 15 años de prisión.
No obstante, el fiscal especializado en crímenes de lesa humanidad, Ricardo Perciballe, anunció la apelación de la resolución judicial en lo relativo a que los condenados no ingresen a prisión de forma inmediata.
Según se detalló durante la lectura de la sentencia, los condenados son Jorge Ricardo Soloviy, Rodolfo Gustavo Costas, Luis Pedro Estebenet, Daniel Edgardo Castellá, Óscar Mario Rocca, Sergio Héctor Caubarrere, Eduardo Saiz Pedrini, Dardo Morales y Abel Pérez.
En su fundamentación, el magistrado sostuvo que las víctimas fueron ilegalmente privadas de libertad y sometidas a distintos métodos de tortura, hechos que constituyeron “violaciones de los derechos humanos que atentaron contra la dignidad humana, un valor anterior al Estado y que jamás pudo ser transgredido”.
La resolución judicial refiere al secuestro y tortura de unas 30 personas en la localidad de San Javier, entre ellas menores de 16 años, incluyendo al propio Roslik. De León subrayó además que los detenidos fueron derivados a la justicia militar y no a la ordinaria, pese a que ninguno de ellos integraba las Fuerzas Armadas.
“Así que cualquier intento de maquillar aquella situación resultó ilegítimo y, de cierta forma, grotesco al desconocer los principios más básicos del derecho”, expresó el juez durante la lectura del fallo.
La sentencia marca un nuevo hito en los procesos judiciales vinculados a crímenes cometidos durante la dictadura, y reabre el debate sobre el cumplimiento efectivo de las condenas en causas de lesa humanidad.
